Artículo 900 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo II
La acción negatoria tiene también por objeto:
I.- La demolición de obras o señales que importen la existencia de una servidumbre;
II.- La declaración de libertad de gravámenes de un predio;
III.- La reducción de los gravámenes que soporte un predio;
IV.- La tildación en el Registro Público de la Propiedad de la inscripción relativa o, en su caso, la anotación correspondiente
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial