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Leyes Descargar AYA

Artículo 885 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo II

- Recibida la información, el Juez señalará día y hora para el deslinde y lo hará saber a los interesados

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial