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Leyes Descargar AYA

Artículo 561 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo III

El Tribunal Superior de Justicia, al recibir el expediente de la queja, examinará la procedencia del recurso, si se interpuso en tiempo y si se expresaron en forma los agravios

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial