Artículo 317 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo III
- El Juez, en su caso, de oficio o a petición de parte, hará efectivos los apercibimientos a que se refieren los dos artículos anteriores y contra la resolución que en este sentido dicte procede el recurso de queja
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- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial