Artículo 283 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala
Capítulo II
- Las posiciones deberán reunir los siguientes requisitos:
I.- Han de articularse en términos precisos;
II.- No han de ser insidiosas;
III.- Se referirán a hechos materiales;
IV.- Los hechos a que se refieren han de ser propios del absolvente;
V.- El absolvente ha de afirmar esos hechos;
VI.- Cada posición contendrá un solo hecho, a menos que no pueda afirmarse o negarse uno sin afirmar o negar otro.
VII.- Los hechos contenidos en las posiciones deben tener relación con el negocio que se ventila
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial