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Leyes Descargar AYA

Artículo 247 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo I

- Contra la resolución que admite una prueba u ordene el desahogo de ella a que se refieren los artículos 242, 243, 245 y 246 no cabe recurso; pero contra la resolución que niegue tal admisión o, en su caso, el desahogo, procede el recurso de queja

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial