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Leyes Descargar AYA

Artículo 1497 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tlaxcala

Capítulo XVII

Contra la sentencia que declare el estado de interdicción o que cesa éste, y contra la que niega esta segunda declaración pueden apelar las personas que menciona el artículo 1478 y, en su caso, la persona de cuya interdicción se trate.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tlaxcala. Documento oficial