Artículo 719 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas
Capítulo V
Es juez competente para ejecutar una sentencia dictada en el extranjero, el que lo seria para seguir el juicio en que se dictó conforme a las reglas generales de competencia.
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Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial