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Leyes Descargar AYA

Artículo 675 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo I

- El acreedor puede servirse acumulativamente de las varias formas de ejecución forzosa previstas en la ley. En caso de que el deudor se oponga, el juez puede limitar la ejecución, mediante auto no recurrible, a la forma que elija el actor a la propuesta por el deudor, o a la que él mismo determine.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial