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Leyes Descargar AYA

Artículo 525 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo IV

- En caso del artículo 523, el deudor puede oponerse a la venta alegando todas las excepciones que tuviere en el concepto de que las de pago del capital o réditos, la de compensación y la de novación, se justificarán, las primeras, precisamente por confesión judicial o con prueba documental, y la última únicamente con prueba documental

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial