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Leyes Descargar AYA

Artículo 223 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo IV

- Si la sentencia declara que procede la recusación, directamente se enviarán los autos con testimonio de aquélla, al tribunal que deba seguir conociendo. Si es un juez de primera instancia el que haga la remisión, comunicará lo conducente al Supremo Tribunal

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  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial