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Leyes Descargar AYA

Artículo 149 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tamaulipas

Capítulo XIV

Las resoluciones incidentales no surten efecto más que en el juicio en que hayan sido dictadas, a no ser que se refieran a varios en cuyo caso los surtirán en todos ellos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 10 de diciembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tamaulipas. Documento oficial