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Leyes Descargar AYA

Artículo 758 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Tabasco

Capítulo VIII

Contenido de la solicitud. La solicitud de apeo o deslinde deberá contener:

I.- El nombre y ubicación del inmueble que deba deslindarse;

II.- En su caso, la parte o partes específicas sobre las que se pretenda llevar a cabo el deslinde;

III.- Los nombres de los colindantes; y

IV.- El sitio donde están y donde deban colocarse las señales, y si éstas no existen, el lugar donde estuvieren.

Con la solicitud se acompañarán los planos, títulos de propiedad y demás documentos que vengan a servir para la diligencia. En el mismo escrito el promovente designará un perito

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Tabasco. Documento oficial