Artículo 593 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Sonora
Capítulo SEXTO
Las sentencias recaídas en el juicio sobre paternidad y filiación, serán revisables de oficio, abriéndose la segunda instancia, aunque las partes no apelen ni expresen agravios. El tribunal examinará la legalidad de la sentencia de primera instancia, quedando entre tanto sin ejecutarse ésta.
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Texto tomado de STJ Sonora (Poder Judicial del Estado). Documento oficial