Artículo 816 Código de Procedimientos Civiles del Estado de San Luis Potosí
Sección I
- Las sentencias que declaren la interdicción y las que le pongan término, se publicarán en el Periódico Oficial y en el diario de mayor circulación en el Estado, a juicio del juez, por tres veces de tres en tres días.
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Texto tomado de Archivo Judicial STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial