Artículo 767 Código de Procedimientos Civiles del Estado de San Luis Potosí
Sección XVI
- La cuenta de albaceazgo se presentará en la misma audiencia y se dictarán sobre ella las resoluciones procedentes antes de discutirse el proyecto de división y aplicación
Historial de este artículo
- Primer registro
- Sin cambios
- Sin cambios
Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de Archivo Judicial STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial