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Leyes Descargar AYA

Artículo 446 Código de Procedimientos Civiles del Estado de San Luis Potosí

Capítulo II

- Si en el contrato de hipoteca se funda la acción ejecutiva y del certificado de gravámenes se advierte que hay otros acreedores hipotecarios, el juez mandará notificarles el auto de embargo, para que usen de sus derechos en la forma que previene el Título VIII.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Archivo Judicial STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial