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Leyes Descargar AYA

Artículo 281 Código de Procedimientos Civiles del Estado de San Luis Potosí

Capítulo III

El período de ofrecimiento de pruebas es de diez días comunes y fatales, que empezarán a contarse desde el día siguiente al en que se notifique el auto que manda abrir el juicio a prueba.

Cuando se solicitare alguna diligencia de prueba dentro de los tres últimos días del período, podrá la parte contraria proponer, dentro de los tres días siguientes al de la notificación, la prueba que le convenga sobre los mismos hechos.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Archivo Judicial STJ San Luis Potosí (Poder Judicial del Estado). Documento oficial