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Leyes Descargar AYA

Artículo 662 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Quintana Roo

Capítulo UNICO

- No se pueden comprometer en árbitros los siguientes negocios:

I.- El derecho de recibir alimentos;

II.- Los divorcios, excepto en cuanto a la separación de bienes y a las demás diferencias puramente pecuniarias;

III.- Las acciones de nulidad de matrimonio;

IV.- Los concernientes al estado civil de las personas;

V.- Los demás en que lo prohiba expresamente la Ley

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Quintana Roo. Documento oficial