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Leyes Descargar AYA

Artículo 994 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro

Capítulo Séptimo

El citatorio contendrá un extracto breve de la demanda, el nombre del actor y el concepto por el que se demanda, el día y hora en que deba presentarse el juzgado y el apercibimiento de que, si no se presenta sin justa causa, se tendrán por ciertos los hechos la demanda, salvo prueba en contrario

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial