Artículo 994 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Querétaro
Capítulo Séptimo
El citatorio contendrá un extracto breve de la demanda, el nombre del actor y el concepto por el que se demanda, el día y hora en que deba presentarse el juzgado y el apercibimiento de que, si no se presenta sin justa causa, se tendrán por ciertos los hechos la demanda, salvo prueba en contrario
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Texto tomado de Poder Legislativo del Estado de Querétaro (LXI Legislatura). Documento oficial