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Leyes Descargar AYA

Artículo 673 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo SEXTO

En contra de la resolución a que se refiere el artículo anterior, procede apelación y sólo en ésta, podrán alegarse las violaciones intraprocesales que se estime existieron después de declarado el concurso

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial