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Leyes Descargar AYA

Artículo 659 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo SEXTO

Aceptado el cargo por el síndico, se le pondrá desde el día siguiente del aseguramiento, en posesión bajo inventario de los bienes, libros y papeles del deudor

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial