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Leyes Descargar AYA

Artículo 326 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo OCTAVO

La apreciación de existencia o inexistencia de los hechos notorios y sus efectos en el juicio, queda sujeta al arbitrio razonado del Juez

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial