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Leyes Descargar AYA

Artículo 147 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo PRIMERO

La acción procede en juicio aun cuando no se exprese su nombre o se exprese equivocadamente, si se determina con claridad la clase de prestación que se exija del demandado y el título o causa de aquélla. El título o causa de la acción, es el acto o hecho jurídico, fundamento del derecho que se debate en el proceso

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial