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Leyes Descargar AYA

Artículo 105 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Puebla

Capítulo NOVENO

La demanda es formal y substancialmente valida, cuando se ajusta a los términos que se precisan en esta Ley y permite se establezca con eficacia la relación jurídica procesal entre las partes y el órgano jurisdiccional. SECCIÓN PRIMERA COMPETENCIA

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Orden Jurídico Poblano (Secretaría de Gobernación de Puebla). Documento oficial