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Leyes Descargar AYA

Artículo 848 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca

Capítulo VII

- Todo legatario de cantidad tiene derecho a pedir que se le apliquen en pago bienes de la herencia y a ser considerado como interesado en las diligencias de partición

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial