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Leyes Descargar AYA

Artículo 493 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca

Capítulo V

Cuando se pida la ejecución de sentencia, el Juez señalará al deudor el plazo improrrogable de cinco días para que la cumpla, si en ella no se hubiere fijado algún plazo para ese efecto

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial