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Leyes Descargar AYA

Artículo 491 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca

Capítulo V

- La ejecución de las sentencias arbitrarias se hará por el juez competente designado por las partes y en su defecto por el juez del lugar del juicio, y si hubiere varios, por el que designe cualquiera de las partes

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial