Artículo 372 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca
Capítulo III
Los testigos no sólo deben declarar los nombres de las personas a quienes oyeron referir el suceso, sino también las causas probables en que descanse la creencia de la sociedad.
Sección Novena De las presunciones.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial