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Leyes Descargar AYA

Artículo 222 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca

Capítulo V

- Las mismas diligencias se seguirán si el acreedor fuere conocido, pero dudosos sus derechos. En este caso, la entrega de la cosa sólo podrá hacerse bajo la condición de que el acreedor justifique sus derechos por los medios legales.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios
  4. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial