Artículo 137 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Oaxaca
Capítulo I
Ningún juez puede sostener competencia con su superior, pero sí con otro tribunal que, aunque sea superior en su clase, no ejerza jurisdicción sobre él.
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, en la copia archivada del PDF oficial del 7 de noviembre de 2025.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Oaxaca. Documento oficial