Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 374 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Capítulo X

- El reconocimiento hecho por el albacea hace prueba plena y también la hace el hecho por un heredero en lo que a él concierne

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nuevo León. Documento oficial