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Leyes Descargar AYA

Artículo 1123 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León

Capítulo TERCERO

- Las cuestiones incidentales relativas a las consecuencias jurídicas del divorcio a juicio del juez, podrá ventilarlas en forma separada o acumulada a fin de evitar la división de la continencia de la causa y privilegiar su expedites, salvo que se traten de la misma naturaleza.

(ADICIONADO, P.O. 14 DE DICIEMBRE DE 2016

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nuevo León. Documento oficial