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Leyes Descargar AYA

Artículo 480 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit

Capítulo V

Cualquiera de los cónyuges puede pedir al Juez que ordene suspender la obligación de vivir juntos en el domicilio familiar, siendo aplicables a esta petición los siguientes artículos

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial