Artículo 1 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nayarit
Capítulo UNICO
En este código se regulan los juicios con sus formas esenciales que los órganos jurisdiccionales competentes del Estado utilizan para solucionar las controversias que se susciten en el orden civil.
Historial de este artículo
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Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.
Texto tomado de H. Congreso del Estado de Nayarit. Documento oficial