Artículo 89 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo II
Declaraciones bajo protesta. Todas las declaraciones ante los Tribunales, se rendirán bajo protesta de decir verdad y bajo apercibimiento de la pena en que incurre el que comete el delito de falsedad en declaraciones judiciales.
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial