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Leyes Descargar AYA

Artículo 863 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo IX

Derogado

REFORMA VIGENTE.- Derogado por Artículo Cuarto Transitorio del Código Procesal Familiar para Sección Tercera de 2006/09/06. Vigencia: 2006/10/01. Antes decía: Impugnación de la resolución. La sentencia que resuelve la solicitud de interdicción puede ser impugnada en apelación en efecto suspensivo, por todos los parientes consanguíneos dentro del cuarto grado, aunque no hayan intervenido en el juicio, y por el tutor o curador designados en la sentencia de fondo.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial