Artículo 758 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo IV
Caudal obtenido por la ejecución. La suma o bienes obtenidos en la ejecución, se integrará:
I.- Con el efectivo y valores embargados; y II.- Con el obtenido como precio en la venta judicial;
III.- Con el precio de las cosas adjudicadas; y, IV.- Con las demás cantidades o cosas que están sujetas a la ejecución forzosa
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial