Artículo 755 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo III
Amplitud de facultades judiciales en relación a los remates. El Juez tendrá durante la tramitación de los remates el poder de resolver y allanar cualquier dificultad que se presente.
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial