Artículo 719 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo I
- Preparación de la ejecución forzosa. Podrá pedirse, como medio preparatorio para ejecutar una sentencia o resolución judicial, que el deudor presente una manifestación de sus bienes. El deudor deberá presentarla bajo protesta de decir verdad y el Juez podrá hacer cumplir su determinación por los medios de apremio que autorice la Ley.
El ejecutante tendrá pretensión para combatir actos jurídicos celebrados entre el deudor y un tercero, que afecten bienes que fueron materia de la ejecución en los casos de simulación o fraude
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial