Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 716 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo I

Efectos del título ejecutivo. El título ejecutivo en contra del fallecido, si la pretensión sobrevive tiene eficacia respecto de sus herederos, el juicio

se seguirá por o contra los sucesores universales o quien los represente, de acuerdo con el numeral 169 de este Código.

Pero no se podrá intimar de pago al representante de la sucesión, sino después de diez días de la notificación relativa.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial