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Artículo 546 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo IV

Remisión de los autos originales al Tribunal Superior. Admitida la apelación en cualquiera de los efectos, excepto en el preventivo, se remitirán los autos originales al Tribunal Superior a más tardar dentro de los siguientes cinco días. A petición de parte interesada podrá dejarse copia de la sentencia o de sus puntos resolutivos para llevar a cabo las medidas provisionales de aseguramiento de que hablan los artículos anteriores, e igualmente copia de otras constancias que tengan relación con lo concerniente al depósito, a las cuentas y gastos de administración o se dejarán los incidentes relativos, si se han llevado por separado.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial