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Leyes Descargar AYA

Artículo 429 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo VII

- Obligación de las autoridades requeridas de proporcionar informes. Las autoridades requeridas estarán obligadas a contestar al Juzgado, proporcionando la información y datos de que tengan conocimiento u obren en la documentación y archivos de la dependencia a su cargo, que tengan relación y que puedan surtir efecto dentro del juicio

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial