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Leyes Descargar AYA

Artículo 254 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo II

Prohibición de renuncia a ejercitar la excepción procesal. La renuncia anticipada, mediante convenio o contrato entre las partes respecto del derecho de oponerse a la pretensión del actor o de objetar los presupuestos procesales, con contrapretensiones dilatorias, no tendrá efectos en juicio.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial