Artículo 244 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos
Capítulo I
Pretensión del estado civil. Las pretensiones del estado civil tienen por objeto las cuestiones relativas al nacimiento, defunción, matrimonio o nulidad de éste, filiación, reconocimiento, emancipación, tutela, adopción, divorcio, ausencia y presunción de muerte, o atacar el contenido de las constancias del registro civil para que se anulen o rectifiquen. Las decisiones judiciales recaídas en el ejercicio de pretensiones de estado civil perjudican aún a los que no litigaron.
Las pretensiones de estado civil fundadas en la posesión de estado producirán el efecto de que se ampare o restituya a quien la disfrute contra cualquier perturbador.
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Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial