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Artículo 244 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo I

Pretensión del estado civil. Las pretensiones del estado civil tienen por objeto las cuestiones relativas al nacimiento, defunción, matrimonio o nulidad de éste, filiación, reconocimiento, emancipación, tutela, adopción, divorcio, ausencia y presunción de muerte, o atacar el contenido de las constancias del registro civil para que se anulen o rectifiquen. Las decisiones judiciales recaídas en el ejercicio de pretensiones de estado civil perjudican aún a los que no litigaron.

Las pretensiones de estado civil fundadas en la posesión de estado producirán el efecto de que se ampare o restituya a quien la disfrute contra cualquier perturbador.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial