Ir al contenido
Leyes Descargar AYA

Artículo 201 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo II

Impedimentos judiciales en la tercería. Los impedimentos del Juez en una tercería, o del órgano en razón de la competencia o por cualquier otro motivo, lo inhiben del conocimiento del juicio principal.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial