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Leyes Descargar AYA

Artículo 132 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo VI

- Negativa de recepción de la notificación. Si después de que el actuario se hubiere cerciorado de que la persona por notificar vive en la casa y se negare aquel con quien se entiende la diligencia de citación o notificación a recibir éstas, asentará razón del caso y dará cuenta al Juez

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial