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Leyes Descargar AYA

Artículo 1018 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Morelos

Capítulo II

- Variabilidad de las determinaciones judiciales. Las determinaciones que el Juez dictare como consecuencia de petición de parte podrá variarlas o modificarlas sin sujetarse estrictamente a los plazos y formas establecidas para la jurisdicción contenciosa, fundando en todo caso sus resoluciones conforme a Derecho

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Marco Jurídico Morelos (Consejería Jurídica). Documento oficial