Artículo 72 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán
Capítulo III
Todas las resoluciones deberán ser autorizadas con firma entera de los magistrados o jueces y de los secretarios. Estos autorizarán también con firma entera todas las diligencias o razones en que intervengan.
(REFORMADO, P.O. 29 DE MAYO DE 2009)
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