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Leyes Descargar AYA

Artículo 633 Código de Procedimientos Civiles del Estado de Michoacán

Capítulo II

Si la sentencia declara que no procede la vía ejecutiva, reservará al actor sus derechos para que los ejercite en la forma legal que corresponda.

Sección Segunda Acción rescisoria.

Historial de este artículo

  1. Primer registro
  2. Sin cambios
  3. Sin cambios

Sin cambios desde el primer texto que tenemos, del 15 de mayo de 2026.

Texto tomado de Justia México (mexico.justia.com). Documento oficial